domingo, 20 de septiembre de 2015

COMISIONES POR CLIENTES EN DESPACHOS JURÍDICOS

La polémica surge a raíz de las actuaciones llevadas a cabo por el bufete Martínez-Echevarría en las que se ofrecía un porcentaje de sus honorarios a cambio del envío de clientes al despacho. ¿Qué hay de malo en que una empresa ofrezca una comisión a quien le facilite clientes? Esta práctica resulta muy frecuente en muchos sectores empresariales, hasta el punto de que hay compañías que incluso ofrecen premios, con un importante valor económico, a particulares que, por ejemplo, recomienden su seguro de coche a un vecino. En el sector legal, sin embargo, nos encontramos en otro mundo ya que esta práctica parece estar prohibida por el Código Deontológico de la Abogacía.




Resolver sobre este asunto está ahora en manos del Colegio de Abogados de Málaga, al que el Consejo Andaluz de Colegios de Abogados insta a iniciar un expediente disciplinario contra el despacho Martínez-Echevarría. El procedimiento por el que una letrada ha acusado al bufete, presentando una queja ante el Colegio de Abogados de Málaga, es muy sencillo y común en otros campos: ofrecer una parte de sus honorarios (concretamente, el 20% de lo cobrado) a asesores, empresas y gestorías de la provincia de Málaga a cambio de referenciarles clientes que puedan estar interesados en servicios jurídicos. Se trataría por tanto de una retribución a cambio de introducir un cliente al despacho.

Como ya hemos comentado, esta materia, aunque polémica, no resultaría nueva y se encuentra ya recogida en distintos preceptos legales:

Por un lado, en el Código Deontológico de la Abogacía en su artículo 15 establece que "Le estará prohibido al abogado compartir sus honorarios con persona ajena a la profesión", precepto que imposibilitaría la practica llevada a cabo por el despacho desde 2014. De la misma forma, el artículo 19 del mismo código establece que "El abogado no podrá nunca pagar, exigir ni aceptar comisiones, ni ningún otro tipo de compensación a otro abogado, ni a ninguna otra persona por haberle enviado un cliente o recomendado posibles clientes futuros".

Por otro lado, y como constatación de lo establecido en el Código Deontológico de la Abogacía el Art. 31 del Estatuto General de la Abogacía establece que "Son también deberes generales del abogado cumplir las normas legales, estatutarias y deontológicas, así como los acuerdos de los diferentes órganos corporativos".

La polémica sigue su desarrollo ya que aunque el colegio optó por archivar el expediente, amparándose en una consulta realizada a la Comisión Nacional de Competencia (CNC), su resolución desprende que "Dichas actuaciones podrían constituir, a juicio de esta junta, una falta deontológica grave".

La letrada que puso la queja inicial recurrió ante el Consejo Andaluz de Colegios de Abogados, que ha revocado la decisión anterior: "Comprobado, pues, que en la conducta denunciada existen indicios de infracción disciplinaria [...], se ha de concluir que el acuerdo impugnado que acordó el archivo de la queja no es ajustado a derecho". Además, insta al Colegio de Málaga a iniciar expediente disciplinario contra el bufete.

           Desde el otro lado, el bufete Martínez-Echevarría, asegura que "el valor de la resolución es el que indicamos en el rcurso contra la misma: es una resolución nula. La nulidad deriva de haber sido dictada por un órgano cuyo presidente, decano del Colegio de Abogados de Almería, no se ha abstenido, cuando está incurso en causa legal: enemistad manifiesta con el despacho Martínez-Echevarría, ya que éste tiene interpuesta una querella criminal contra aquél por apropiación indebida de 600.000 euros (la querella está por el abogado de Martínez-Echevarría, Antonio Torrecillas, magistrado excedente)". Y concluyen que "se trata, de una resolución in valor por su nulidad formal, por carecer de contenido material y de veracidad jurídica en todo caso. Lo realmente resaltable es que Martínez-Echevarría no ha sido sancionado por nada ni nadie, confiando en no serlo pues no infringe en sus actuaciones norma exigible de tipo alguno.".

lunes, 14 de septiembre de 2015

VIII JORNADAS CONCURSALES

VIII JORNADAS CONCURSALES

2ª OPORTUNIDAD Y NOVEDADES NORMATIVAS DE 2015


La Fundación de la Universidad de Burgos y la Asociación Unión de Profesionales de la Administración Concursal (AUPAC) organizan los próximos días 17 y 18 de septiembre las VIII Jornadas Concursales, que este año versarán sobre la segunda oportunidad y las novedades normativas en materia concursal del año 2015.

Se trata de unas jornadas que cuentan con la colaboración, entre otros, de la Cámara de Comercio e Industria de Burgos, del Ilustre Colegio de Abogados, del Colegio de Economistas y de la FAE. El programa de las jornadas cuenta, como actividades principales, con 4 ponencias y 2 mesas redondas.



Respecto de las ponencias, la primera de ellas correrá a cargo de Luís Gonzaga Serrano de Toledo, Abogado del Estado Jefe de Burgos que, tras las últimas modificaciones normativas en materia concursal acaecidas en los últimos tiempos, analizará en una visión general a futuro las repercusiones de las mismas en su ponencia titulada “el futuro del derecho de la insolvencia”.

Habida cuenta de los graves problemas que hemos presenciado en nuestro país con múltiples personas que se encuentran en una situación profesional y patrimonial que les impide hacer frente al cumplimiento de sus obligaciones hipotecarias y a las elementales necesidades de subsistencia, la ponencia de Blas Alberto González Navarro, abogado y magistrado en excedencia y que versará sobre “las últimas medidas de protección del deudor en exclusión” presenta gran interés, pues afectarán de manera trascendental a todos aquellos deudores cuya situación económica se sitúa en el denominado umbral de exclusión.

El ciclo de ponencias se completará con Francisco Pañeda Usunariz, magistrado de la Audiencia Provincial de Valladolid y con Ignacio Sánchez Gargallo, magistrado de la sala primera del Tribunal Supremo, que hablarán, respectivamente, sobre “segunda oportunidad, aspectos sustanciales y sustantivos” y sobre la jurisprudencia reciente de la sala primera del Tribunal Supremo en materia concursal. Sin duda, ambos suscitarán gran atención de los asistentes. Cabe recordar las diversas modificaciones acontecidas últimamente en materia de segunda oportunidad, con el objetivo de no dejar en la estacada a numerosas personas que veían como, en virtud el principio de responsabilidad patrimonial universal del artículo 1911 del código civil, tenían que seguir respondiendo, tras haber perdido todo su patrimonio, de parte de sus deudas, condenándolas al ostracismo económico y a la exclusión social de por vida.

Por lo que se refiere a las mesas redondas, se centrarán en las dos posibles vías de conclusión de un concurso de acreedores: la primera versará sobre “las nuevas perspectivas en la fase de convenio” y la segunda sobre “la fase de liquidación tras la ley 9/2015, de 25 de mayo”. Contarán con la presencia de varios magistrados de juzgados mercantiles venidos de diversos puntos de la geografía nacional, como Madrid, León, Bilbao, Palma de Mallorca o Logroño.

Se presentan, por tanto, interesantes las jornadas concursales organizadas por la UBU y la AUPAC de este año, apasionante tras las múltiples reformas legislativas acontecidas que reflejan un nuevo panorama en materia concursal.

martes, 8 de septiembre de 2015

LA CRISIS CHINA Y LA GLOBALIZACIÓN

Las claves para entender el derrumbe de la bolsa china y su efecto en otras bolsas y economías del mundo.


El pasado 24 de agosto se vivió un auténtico "lunes negro" en todas las bolsas del mundo, arrastradas por el mercado asiático y en especial por el parquet chino. El hundimiento fue grave y generalizado: Shanghai cayó un 8,50%, Tokio 4,61%, Londres 4,67%, Fráncfort 4,70%, París 5,35%, Milán 5,96% y Madrid 5,01%. La debacle no fue menor en Wall Street, donde alguno de sus índices llegaba a hundirse un 8%. 

Pero, ¿cómo la Bolsa de unos de los países que ha liderado el crecimiento económico a nivel mundial en los últimos años ha podido llegar a esa situación? y ¿cómo puede afectar a España y al resto del mundo?



       1.   Las causas de la debacle

China ha liderado el crecimiento económico a nivel  mundial durante años. Sin embargo, en los últimos tiempos, este “tirón económico” empieza a desvanecerse. El país creció en 2014 un 7,4% y la previsión para 2015 es de un 7%, quedando bastante por debajo del crecimiento que era habitual no hace tanto en el país asiático, donde lo normal era un 9-10% anual.

Este hecho deja al descubierto una economía poco equilibrada, demasiado dependiente de las exportaciones teniendo un gran peso relativo en su PIB. Si tu economía depende básicamente de las exportaciones y tus principales clientes como EE.UU y Europa se encuentran en una crisis que reduce el consumo interno de sus hogares, tus exportaciones bajan y, por tanto, el crecimiento de tu economía se reduce.

También se apunta a la caída del precio del petróleo como otra de las causas del derrumbe bursátil chino. Así, la reducción del precio del barril a nivel internacional alimenta la espiral decreciente de la bolsa china, arrastrada por el perjuicio que este hecho causa a las empresas petroleras y del sector energético chino y que se traduce en un descenso del precio de sus acciones.

China está engrandeciendo cada vez más una burbuja en el sector inmobiliario. Según los últimos datos publicados por la Oficina Estadística China correspondientes al mes de mayo, el país cuenta con 657 kilómetros cuadrados de promociones residenciales sin vender. En ese mismo mes, se constató una caída en torno al 6% anual de media en los precios de la vivienda.

Una economía demasiado intervenida que apoyaba a un gran crecimiento económico. Buena muestra de ello es la política gubernamental para sostener artificialmente el precio de las acciones, mediante compras masivas por parte del Gobierno. Una bolsa tan atractiva y de fácil acceso para pequeños inversores con sobrevalorados activos bursátiles de ganancia rápida y fácil.


2.      Unas medidas que no dan resultado.

Para intentar frenar esta espiral bajista, el gobierno chino ha puesto en marcha diversas medidas que, sin embargo, y al menos por el momento, no están dando los resultados esperados, en algunos casos por ser claramente desacertadas y en otros porque todavía no ha habido tiempo suficiente para que produzcan sus efectos.

En primer lugar, se produjeron en tan sólo dos días 3 devaluaciones de la moneda china, el yuan. El objetivo de una devaluación es intentar mejorar la competitividad del país mediante un abaratamiento de sus productos, de manera que resulten más baratos para el resto de países, mejorando de esta forma las exportaciones. Una devaluación empobrece a los ahorradores (pues sus ahorros valen menos) y lastra el consumo interno. Y esto es especialmente sangrante en China donde, por cuestiones culturales, el ahorro de las familias es muy importante. De hecho, la tasa de ahorro de China es prácticamente la más elevada del mundo. El ahorro de hogares, Gobierno y empresas supera un 51% del PIB chino frente al 17% del de EEUU.

Otras de las medidas acordadas no hacen sino poner de manifiesto el intervencionismo del gobierno en la economía antes comentado. Una de ellas ha sido permitir a los fondos de pensiones invertir hasta un máximo de un 30% de sus activos en Bolsa, pues antes lo tenían prohibido.El impacto de esta medida ha sido limitado, pues los inversores han perdido la confianza que antes tenían. También se ha ordenado la moratoria de nuevas salidas a cotización, se ha inyectado liquidez tanto a las empresas públicas como a las pymes, se ha prohibido vender a los grandes inversores (los que tienen al menos un 5% de acciones de una empresa) y se persigue policialmente las ventas a corto especulativas.

Finalmente, se ha realizado una masiva inyección de liquidez en el sector bancario, tanto público como privado, con el objetivo de no frenar el crédito y la inversión. La semana pasada, el gobierno inyectó casi 120.000 millones de dólares en los bancos, con la orden de que fortalecieran los sectores económicos más rezagados.


3.      El impacto en el resto del mundo.

Pero lo que mucha gente se pregunta es por qué esta debacle de la bolsa china afecta al resto de las bolsas mundiales. No debemos olvidar que China es la segunda economía del mundo y que vivimos en la era de la globalización, donde todas las economías del planeta están interconectadas y dependen las unas de las otras.

El freno de la economía china podría tener implicaciones a nivel global, que se manifestarían en caídas en los precios de las materias primas, contagio a otros países emergentes o penalización de las compañías exportadoras.

Muchas empresas europeas y estadounidenses tienen inversiones productivas y comerciales en China. Gigantes estadounidenses como Caterpillar y Chevron han admitido el daño que les están ocasionando los problemas de China. Las acciones de Apple, que ha gozado de fuertes ventas de su iPhone y otros productos en China, han perdido casi un 20% en las últimas cinco semanas. Una disminución en la producción industrial y de construcción en China significa también menos demanda de cobre chileno, carbón mineral australiano y mineral de hierro brasileño.

China no sólo es la segunda economía mundial, sino la primera en Asia. Muchos países de esa región dependen de la marcha de la economía china, según Lombard Street, los países más afectados podrían ser Vietnam, Tailandia, Corea del Sur y Malasia.