viernes, 8 de mayo de 2015

TARIFA REDUCIDA DE 500 EUROS – CONTRATACIÓN INDEFINIDA

El 27 de febrero fue aprobada en el Consejo de Ministros la medida anunciada en relación a la tarifa reducida de 500 euros para contratos indefinidos.


Medida estrella del año 2015 para incentivar la contratación de empleados, sobre todo en pymes, autónomos y emprendedores.

La Tarifa reducida de 500 euros vendrá a sustituir la anterior Tarifa Plaza de 100 euros a la Seguridad Social cuyo vencimiento será el 31 de marzo de 2015 y que lleva en vigor desde 2014. Ambas medidas convivirán a lo largo del mes de marzo.

La nueva medida consistirá en una bonificación por la que estarán exentos de cotización por contingencias comunes a la Seguridad Social los primeros 500 euros de sueldo de cada trabajador contratado con un contrato indefinido. Después se aplicará un tipo progresivo, de forma que el ahorro respecto de la cotización será mayor para los salarios más pequeños y después se irá incrementando. Por ejemplo, los trabajadores con salarios más elevados verán reducidas sus cotizaciones un 14% mientras que los trabajadores con salarios de 1.000 euros tendrán una disminución de su cotización en un 50%.  

Una formalizado el contrato, el empleador recibirá la ayuda sobre los primeros 500 euros durante los siguientes 24 meses. La medida se mantendrá durante los próximos 18 meses, estando en vigor hasta agosto de 2016. Para mantener las bonificaciones disfrutadas con esta medida y no tener que devolverlas, el empleador deberá mantener el nivel de empleo neto durante 3 años.

Esta medida será compatible con la bonificación de 300 euros para los jóvenes inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil.


Otra medida aprobada en el Consejo de Ministros está relacionada con la conciliación del trabajador autónomo. Se aprobó una reforma en el Estatuto del Trabajador Autónomo para incluir una bonificación durante un año del 100% de la cotización por contingencias comunes cuando necesiten reducir su jornada por cuidado de hijos o personas dependientes. Se podrá acceder a esta bonificación siempre que se contrate a un trabajador para continuar su actividad.

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