QUÉ ES LA PLUSVALÍA
Y DE QUE MANERA AFECTA
¿Qué es la
plusvalía?
Este impuesto sujeta a gravamen el incremento de valor experimentado - a lo largo de un período máximo de 20 años - por los terrenos de naturaleza urbana o por los terrenos integrados en los bienes inmuebles de características especiales (como son los aeropuertos, embalses, centrales eléctricas, etc.) a efectos, en ambos casos, del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (independientemente de que estén o no contemplados como urbanos en el Catastro y en el Padrón del IBI).
Los
sujetos pasivos de este impuesto son:
- En el caso de
transmisión de terrenos o constitución o transmisión de derechos reales “a título
gratuito“,
el sujeto pasivo será el adquirente del terreno o la persona en cuyo favor se
transmita el derecho real.
- Si las operaciones anteriores se realizan a título no gratuito u” oneroso “, es decir, a cambio de dinero u otra cosa, el sujeto pasivo será el transmitente del terreno o la persona que constituye o transmite el derecho real.
¿Cual es el plazo para la
presentación?
Se cuenta a partir de la fecha
en la que se produzca el devengo, esto es, a los 30 días si
se trata de actos “Inter vivos” (compra, donación…) o 6 meses cuando se trate de actos “mortis
causa”.
Los 6 meses se podrán prorrogar hasta un año, con una previa
solicitud.
Las
exenciones del pago del impuesto son las que a continuación se nombran:
o
Las aportaciones de
bienes y derechos. Las adjudicaciones que
a su favor y en pago de las anteriores se realicen.
o
Las transmisiones que
se hagan a los cónyuges en pago de sus haberes comunes, como por ejemplo, con
la liquidación del régimen económico matrimonial.
o
Las transmisiones de bienes inmuebles entre cónyuges o a favor de sus hijos en cumplimiento
de sentencias en los casos de nulidad, separación matrimonial o divorcio.
o
Las transmisiones de bienes que
se encuentren dentro del perímetro delimitado como conjunto
histórico-artístico, o hayan sido declarados individualmente de interés cultural, cuando sus propietarios o titulares de derechos
reales acrediten que han realizado a su cargo obras de conservación o mejora en
dichos inmuebles.
o
Los incrementos de valor cuando la obligación de satisfacer
dicho impuesto recaiga sobre las personas o Entidades que vienen reguladas por
la ley, y que a modo meramente enunciativo son las siguientes.
¿Por qué se está generando
tanta polémica con este impuesto?
Este impuesto está
generando tanta polémica debido a que el tributo se aplica con independencia de
si existe o no un beneficio. En la época del boom cuando la mayoría de las
ventas generaban plusvalías no suponía un problema. Pero en la actualidad
muchas de las personas que venden un inmueble lo hacen a un precio inferior del
que lo compraron, además de esto los contribuyentes deben tributar por un
impuesto llamado plusvalía municipal.
Además cada vez más
sentencias anulan liquidaciones en las que un ayuntamiento exige el impuesto de
plusvalía en una operación que ha generado perdidas. En la actualidad la
sentencia del Tribunal Constitucional obligará a modificar la normativa y
creará un alud de solicitudes de devolución.